Friday 26 de April del 2024

Supermercados, tianguis y tiendas de abarrotes tendrán que cerrar a las 14:00 horas en #Atizapán o si no multa de más de 200 mil pesos

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Supermercados, tianguis y hasta tiendas de abarrotes tendrán que cerrar a las 14:00 horas en Atizapán

Pese a las recomendaciones realizadas por las autoridades sanitarias para evitar la mayor concentración de personas en un mismo espacio para evitar el contagio masivo del coronavirus COVID-19, el Gobierno de Atizapán decidió acortar los horarios de servicio de establecimientos comerciales, como supermercados, tiendas de abarrotes, panaderías, tortillerías, purificadoras y talleres mecánicos, hasta las 14:00 horas, y quienes incumplan podrían hacerse acreedores a una multa de más de 200 mil pesos.

Este viernes, decenas de negocios amanecieron con anuncios en sus puertas, en donde daban a conocer a sus clientes que, por disposición del Gobierno de Atizapán, solo podrán operar de las 07:00 a las 14:00 horas desde hoy y hasta el 30 de mayo.

De acuerdo con autoridades locales, los únicos establecimientos que podrán permanecer abiertos durante las 24 horas del día, son hospitales, farmacias, clínicas, pediátricos, hospitales de urgencias veterinarias, funerarias, ventas de ataúdes, gasolineras, gaseras, servicios de mensajería y distribución de aves de corral y obradores.

Por otro lado, aquellos que solo podrán operar de 07:00 a 14:00 horas, son panaderías, pastelerías, expendios de pan, tortillerías, venta de tostadas, pollerías, rosticerías, tiendas de abarrotes, refresquerías, cremerías, carnicerías, embutidos, recauderías y fruterías, pescaderías, molinos de chiles, venta de semillas, expendios de huevo, elaboración de cereales y azúcar, venta de lácteos, tiendas naturistas, purificadoras, venta de hielo, paleterías, ópticas, optometristas, dentistas, quiroprácticos, podólogos, psicólogos, veterinarias, cafeterías, creperías, torterías, churrerías, pizzerías, restaurantes, venta de alimentos, cocinas económicas, cafés internet, librerías, papelerías, venta de celulares.

Así como los dedicados a la venta de alimentos para mascota, forrajerías, ferreterías, tlapalerías, cerrajerías, venta de pañales, productos de higiene y limpieza, jarcierías, lavanderías, planchadurías, tintorerías, talleres mecánicos, materiales de construcción y de fabricación de ataúdes.

Este horario también aplicará para los tianguis sobre ruedas que se establecen en las colonias de la demarcación y puestos fijos, semifijos y ambulantes que ofertan alimentos de la canasta básica, perecederos o de higiene personal y limpieza, y aquellos que no cumplan con las disposiciones establecidas serán sancionados por la Subdirección de Normatividad y Verificación.

La Subdirección de Normatividad y Verificación informó, a través del número telefónico de Normatel (55) 7190-3711, que los establecimientos que incumplan podrán hacerse acreedores a la Suspensión de Actividades y a la imposición de una multa máxima de dos mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA); es decir, de 217 mil 200 pesos, aunque esta sanción dependerá del tipo de establecimiento comercial.

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