Saturday 20 de April del 2024

NO HUBO USO ILEGAL DE RECURSOS: TEPJF

Escuchar Nota :
[responsivevoice_button voice="Spanish Female" buttontext="Play"]


El TEPJF coincidió con el Tribunal Electoral del Estado de México al considerar que los programas sociales en épocas de intercampañas no están prohibidos, además de que con estos sólo se busca cubrir necesidades de la sociedad. En tanto, la queja que Morena presentó desde abril contra el PRI y Alfredo del Mazo, virtual ganador de la contienda, “no aporta elementos de prueba necesarios e idóneos para acreditar la coacción del voto […] por lo que se declara la inexistencia de la infracción motivo de denuncia”.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial Electoral de la Federación (TEPJF) determinó que la entrega de programas sociales en el Estado de México no fueron usados para coaccionar el voto en favor del candidato priista, Alfredo del Mazo Maza.
El 12 de abril, el partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) presentó una queja contra el Revolucionario Institucional (PRI), su candidato a Gobernador en el Estado de México y diversos funcionarios públicos, por un supuesto uso indebido de recursos públicos a través de la entrega de programas sociales.


Al respecto, el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) determinó, en primer lugar, que la continuación de programas sociales durante la época de intercampañas no está prohibida ni por la Constitución ni por la ley.
“En este sentido, [el TEEM] señaló que los beneficios sociales son políticas públicas que buscan cubrir necesidades de la sociedad, por lo que se presume que su ejecución busca privilegiar el interés social, salvo que se demuestre lo contrario. El TEEM consideró que Morena no aportó las pruebas idóneas y necesarias para acreditar que los apoyos entregados y denunciados hayan sido utilizados para la coacción del voto”, explicó este miércoles el Tribunal Electoral federal.
Morena impugnó esa sentencia del TEEM, argumentando que no se tomó en cuenta la intensidad, frecuencia e impacto social de los programas sociales denunciados, además de que no se consideraron criterios previos del TEPJF.
Al resolver el juicio SUP-JRC-178/2017, el Pleno de la Sala Superior desestimó los argumentos de Morena. En este sentido, señaló que el TEEM sí tomó en consideración la posible vulneración a principios de imparcialidad y neutralidad, y que analizó todos los argumentos expuestos por dicho partido político.
Asimismo, señaló que los precedentes citados por Morena se referían al periodo de campañas, mientras que los hechos denunciados se llevaron a cabo durante el periodo anterior a las mismas (intercampañas), por lo que no resultaban relevantes para este caso.
Finalmente, el TEPJF indicó que la demanda presentada por Morena no controvierte directamente los argumentos que dio el TEEM para considerar que los programas sociales señalados en su denuncia fueron utilizados para coaccionar el voto de la ciudadanía en el Estado de México.
El Estado de México registra el mayor número de personas en pobreza de todo el país, y ha sido gobernada históricamente por el partido del Presidente Enrique Peña Nieto, el PRI.

Comenta con tu cuenta de Facebook