Saturday 20 de April del 2024

#Nacionales Diputados proponen embargar cuentas bancarias de personas omisas con el SAT

Escuchar Nota :
[responsivevoice_button voice="Spanish Female" buttontext="Play"]


Una de las reformas que se buscan aprobar en el Código Fiscal de la Federación (CFF) para 2021 es la que pretende modificar los artículos 40 fracción III y 40-A que permitiría a las autoridades embargar las cuentas bancarias de los contribuyentes que no atiendan algunos requerimientos relacionados a investigaciones de terceras personas.

De acuerdo con la Gaceta Parlamentaria, de la Cámara de Diputados, en caso de aprobarse dicha reforma, cuando un contribuyente no atienda solicitudes de información o documentación que lo relacione con otra persona que sea investigada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la autoridad podrá hacer un aseguramiento precautorio o embargo de las cuentas bancarias del involucrado.

Por ejemplo: si el SAT investiga a un contribuyente, pero durante la operación involucra un nombre ajeno a la situación, el organismo fiscal enviará al buzón tributario de la tercera persona una solicitud de información.

En caso de que el contribuyente no conteste satisfactoriamente a los requerimientos, el SAT podrá embargar sus cuentas bancarias, tras hacerse acreedor de una multa.

Aunque las mismas autoridades reconocen que es una medida enérgica que puede causar a éste una afectación importante, “no por ello deja de tener el carácter de idóneo. Esto es así, porque aun cuando la afectación que pueda resentir el contribuyente, responsable solidario o tercero con ellos relacionado sea considerable, lo cierto es que, tanto el nacimiento de la referida medida de apremio como su permanencia dependen exclusivamente del proceder del propio contribuyente”, sostuvo.

Además del embargo a las cuentas bancarias, también se proponen los depósitos bancarios y siguiendo en el orden las cuentas por cobrar, acciones, bonos, cupones vencidos, etcétera; dinero y metales preciosos; bienes inmuebles; bienes muebles; la negociación del contribuyente; así como los derechos de autor y obras artísticas, colecciones, científicas y joyas, entre otros.

“Con esto se logra que la autoridad fiscal sea más efectiva e inmediata en su actuación”, refirió la Gaceta.

Comenta con tu cuenta de Facebook