Friday 26 de April del 2024

Conflictivo el Partido Virtud Ciudadana ante el IEEM

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Durante 9ª Sesión Ordinaria del IEEM y en asuntos generales el recién creado Partido Virtud Ciudadana resulto conflictivo e incongruente en esta primera participación en una sesión ordinaria, donde se le permitió participar como miembro como que es.
Pero el representante de dicho partido señalo que quiere participar en el periodo electoral a gobernador del Estado de México, siendo que anteriormente había declinado y señalo que su participación se daría hasta el próximo periodo electoral donde se elegirán ayuntamiento.
Esto generó polémica entre los otros representantes de los otros partidos y consejeros del instituto quienes pidieron que Virtud Ciudadana no cause este tipo de conflictos en una sesión de tipo ordinario ya que para ello hay otros canales para hacerlo y sobre todo no caer en contradicciones.
En Sesión Ordinaria, del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), fue aprobado el Manual del Observador Electoral; instrumento que proporciona la información necesaria para que quienes realicen esta actividad, cuenten con los conocimientos suficientes en materia electoral, para el correcto desempeño de su función en el actual Proceso Electoral.


En la misma sesión, se aprobaron otros dos acuerdos mediante los cuales se expidió, por un lado, el Reglamento de Sesiones de la Junta General del IEEM, que se ha modificado considerando las adecuaciones que ha tenido la normatividad electoral, por lo que se cuenta con un ordenamiento actualizado y con las adiciones requeridas.
Por otra parte, y en un ejercicio de transparencia, se aprobó la ampliación presupuestal no líquida al Presupuesto de Egresos del Instituto Electoral del Estado de México, para el Ejercicio Fiscal 2016, con cargo a ingresos propios provenientes de intereses financieros, por un monto
de 4 millones 32 mil 792 pesos con 72 centavos; por tanto, el Presupuesto de Egresos del Instituto, para el actual ejercicio fiscal, quedó en mil 109 millones 501 mil 829 pesos con 20 centavos.
También fueron aprobadas por unanimidad tres resoluciones; una vinculada con el Recurso de Revisión identificado con la clave CG-SE-RR-01/2016; otra acerca del Recurso de Revisión identificado con la clave CG-SE-RR-02/2016; y la tercera fue el Recurso de Revisión identificado con la clave CG-SE-RR-03/2016.v

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